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Cómo trabajamos

En nuestro estudio hemos manejado distintas y de las más variadas defensas tanto en el ámbito laboral como en el civil.

En el ámbito laboral queremos destacar una causa que con el permiso de la actora relataremos se presenta la señora gloria trabajadora en relación de dependencia no registrada, la cual es despedida luego de 5 años de trabajo en esta empresa .La señora llega a nuestro estudio el día 05/03/2018 es asesorada en lo que respecta a sus derechos , en lo que le correspondería de indemnización por su despido , se procede a realizar el intercambio de telegramas con la empresa , asistimos a la negociación prejudicial obligatoria SECLO la empresa se negó a negociar negando todo tipo de relación con la señora Gloria.

Se entabla la demanda luego de realizada la liquidación por nuestros profesionales .Es así como se da tramite al juicio laboral iniciado el 21/12/2018, y luego de trámites judiciales notificaciones y demás por menores judiciales, se abre a prueba el 6/6/2019 donde testifican los testigos de la causa , que como se sabía iban a corroborar todos los hechos de la señora Gloria demostrando que ella si trabajaba en la empresa, que tenía relación con los demandados desmintiendo las defensas de la empresa.

Es así como luego de esta audiencia la empresa se ofrece a negociar un monto de arreglo, luego de 4 días de negociaciones se cierra un acuerdo en una cifra muy cercana a monto reclamado en la demanda.

Es por esto que a nuestros defendidos siempre les aclaramos la importancia del intercambio de telegramas con la empresa, lo importante de la presentación de testigos confiables y que tiene que saber que un juicio no necesariamente debe tardar años que con voluntad de negociación y habilidad confié en nosotros para lograr el mejor acuerdo lo más rápido posible.

En el ámbito de Familia destacamos una causa por alimentos donde con nuestra defendida Juana madre de 3 hijos .Conseguimos un acuerdo con la otra parte el padre de los niños logrado de forma privada sin trámite judicial (es decir la presentación de una demanda y espera de tiempos procesales) pero igualmente valido.

El padre incumple con el acuerdo firmado al cabo de unos meses que llevaba firmado por lo que se hace la demanda por alimentos. En la que con el acuerdo ya hecho se exige la ejecución del mismo más las cuotas debidas. El padre se negaba a pagar y a comparecer en la causa, por lo que se lo embargo por las cuotas debidas, para entrar luego en trámite de ejecución de ese embargo de bienes que se le impuso.

En tanto para que nuestra defendida obtenga lo que le corresponde por derecho para la manutención de sus hijos, se inicio demanda contra el abuelo paterno por alimentos, e nuevo código civil nos abre esta posibilidad si el progenitor deudor no paga. Es de esta forma que los alimentos debidos por el padre deudor fueron y actualmente los aporta el abuelo paterno luego de haber este suscripto a un acuerdo igual al que firmo el padre deudor.

En cuanto al deudor está en trámite ejecución el embargo trabado por las cuotas debidas, y se notifico al registro de deudores alimentarios sobre su deuda para que sea inscripto.

Hemos manejado casos de mobbing (acoso laboral) tanto en hombre como en mujeres (frecuentemente las más vulneradas), el lugar de trabajo debe ser un lugar seguro la persona no

debe sentir una carga psicológica al asistir a su empleo, mucho menos tolerarla. Debe reclamar para obtener la indemnización correspondiente.

El mobbing o acoso es por parte de los compañeros como de los superiores jerárquicos no necesariamente es sexual o físico o verbal. Puede ser por ejemplo la imposición de tareas deberes u obligaciones claramente desproporcionadas para el puesto que se ocupa o para las tareas que normalmente realiza, como el caso que tratamos en nuestro estudio de una mujer que trabajaba en un puesto administrativo y su superior jerárquico la obligaba a limpiar los puestos de trabajo de sus compañeros y el suyo, incluso después de cumplida su jornada laboral. Las acciones de acoso no deben de ser toleradas nunca usted debe hacer valer sus derechos.

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